Motos Normativa

Motos sin Patentes

Permiten la circulación de motos 0KM sin chapa patente ¿Qué pasa si te frena un control?

La DNRPA (Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Motovehículos) emitió la Circular DN 28/24 que insta a la inscripción de las nuevas motos, aunque los Registros no cuenten con chapa patente o cédula verde para entregar a los propietarios.

Ante el incumplimientos de la Casa de Moneda en la provisión de placas metálicas y cédulas de identificación, existía una serio inconveniente en la venta y registración de los motos.

La Cámara Argentina de Concesionarios de Motos (CADECOMO) ha logrado que se modifique el Convenio Marco entre el Ministerio de Justicia y el Ente Cooperador ACARA, de tal manera que los Registros deberán otorgar sin cargo un permiso de circulación.

Mientras se soluciona la demora en la entrega de placas (la DNRPA elaborará las especificaciones técnicas y se licitará un nuevo proveedor), se asignarán codificaciones dominiales a los pedidos ingresados y abonados por los Registros Seccionales, aunque las placas físicas no estén disponibles.

Además, los Registros podrán registrar la moto en el sistema y asignarle un número de registro único (codificación dominial) sin tener físicamente la placa de metal aún. Se le extenderá al dueño de la moto un permiso de circulación gratuito para que pueda usar la moto legalmente.

Ante un control debería presentarse este permiso de circulación, y lo recomendable es también presentar el Titulo Digital (se descarga online), que también está obligado el Registo a realizarlo sin costo.