Es habitual ver a colectivos, taxis y autos avanzar antes de que esté despejada la intersección y cuando corta el semáforo quedan parados allí obstruyendo el cruce de los vehículos que vienen por la calle perpendicular. El bloqueo de intersecciones es una infracción prevista en la Ley 451, art. 6.1.37 denominada obstrucción de vía y es una de las faltas que más perjuicios provocan a la fluidez del tránsito.
A partir lunes 18 de junio se controlará y sancionará el bloqueo de intersecciones. El control se realizará en cruces claves de avenidas elegidos porque son donde más casos de bloqueo se registran con la ayuda de las cámaras de monitoreo urbano. El conductor de un vehículo que cause la obstrucción de la vía transversal será sancionado con multa de 100 unidades fijas, aproximadamente unos $120 pesos.
Cruces
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Sentido
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9 de Julio
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Paraguay
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Constitución
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9 de Julio
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Paraguay
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Retiro
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9 de Julio
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Juncal
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Constitución
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Cerrito
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Paraguay
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Pellegrini, Carlos
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Paraguay
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Pellegrini, Carlos
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Mitre, Bartolomé
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9 de Julio
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Belgrano
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Paseo Colon
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Belgrano
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Paseo Colon
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Brasil
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Corrientes
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Esmeralda
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Corrientes
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Pueyrredón
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En estos cruces habrá una demarcación horizontal: un cuadrado o rectángulo conformado por una raya de esquina a esquina y una cruz en el medio color blanco y cartelería en las esquinas.
La medida es correcta, pero muchos ya se están preguntando ¿cómo harán para cobrarle a los piqueteros?