La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionó una nueva modificación a la ley de tránsito que obliga a colocar señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad y la velocidad máxima a respetar en las rutas. Sin embargo, en los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el Artículo 51 de la Ley Nº 24.449 (para autos, es 120 y 130 km/h respectivamente), no será necesaria la señalización particularizada de la ubicación de los controles. Esto significa, que las cámaras fijas o patrullas pueden estar en cualquier lado, sin aviso previo multando.
Pero lo más importantes, es que si los controles, ya sea por cinemómetros (la pistolita) u otros equipos automáticos o semiautomáticos, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados, por ejemplo un cruce o rotonda, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de 500 metros a la zona de influencia para la detección de infracciones.
Esto acabará con los controles «cazabobos» que se habían instalado, por ejemplo, durante octubre pasado en la Ruta 6 en Campana a la altura del barrio cerrado San Jorge y de la calle Chacabuco, donde debía reducirse la velocidad a 80 y 20 km/h. En la misma línea, insisto en que Vialidad Nacional debería rechequear las reducciones de velocidad en la semiautopista Ruta Nacional 12 en Entre Ríos, donde bruscamente se exige bajar de 120 a 60 km/h frente a cruces que lo único que tienen son puestos de venta de carnada y la policía entrerriana escondida recaudando.